Cónyuge, hijos y padres abusados
Como cónyuge, hijo o padre abusado, usted puede presentar una petición de visa de inmigrante al amparo de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por su sigla en inglés). VAWA les permite a ciertos cónyuges, hijos y padres de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes (que tienen una Tarjeta verde) que presenten su propia petición sin el conocimiento del abusador. Esto le permitirá sentirse seguro e independizarse del abusador. Las disposiciones de VAWA aplican igualmente a mujeres y hombres. Su abusador no será notificado de que usted ha solicitado beneficios de inmigración bajo VAWA.
También existe ayuda disponible en la Línea Telefónica de Emergencia Nacional para Violencia Doméstica llamando al 1-800-799-7233 o al 1-800-787-3224 (TDD). La línea telefónica de emergencia facilita información acerca de refugios, cuidados de la salud mental, consejos legales y otro tipo de asistencia, incluyendo información acerca de cómo solicitar estatus de inmigración. Para más información, vea el enlace “Violencia Doméstica Nacional” que aparece a la derecha de la página.
Quiénes son elegibles
Cónyuge: Usted puede presentar su propia solicitud si está siendo, o fue, el cónyuge abusado de un ciudadano estadounidense o residente permanente. También puede incluir en su petición a sus hijos solteros menores de 21 años de edad si ellos aún no han presentado su propia solicitud.
Pariente: Usted puede presentar su propia solicitud si es el pariente de un niño que ha sido abusado por su cónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente. Puede incluir en su petición a sus hijos, incluyendo los que no han sido abusados, si no lo han solicitado por sí mismos. También puede presentar su propia solicitud si es el pariente de un ciudadano estadounidense, y ha sido abusado por su hijo/a que es ciudadano estadounidense.
Hijo: Usted puede presentar su propia solicitud si es un hijo abusado menor de 21 años de edad, soltero y ha sido abusado por su pariente que es ciudadano estadounidense o residente permanente. Puede incluir a sus hijos en su petición. Puede presentar su propia solicitud como menor con 21 años de edad pero antes de cumplir 25 años de edad si puede demostrar que el abuso fue la razón principal por la que se demoró en presentar la solicitud.
Requisitos de elegibilidad para un cónyuge
Usted:
está casado con un abusador ciudadano estadounidense o residente permanente o
su matrimonio con el abusador fue terminado por fallecimiento o un divorcio (relacionado con el abuso) en un período de 2 años antes de solicitar, o
su cónyuge perdió o renunció a su ciudadanía o su estatus de residente permanente en un período de 2 años antes de solicitar debido a un incidente de violencia doméstica, o
usted creía que estaba casado legalmente con su cónyuge abusivo que era ciudadano estadounidense o residente permanente pero el matrimonio no era legítimo debido únicamente a la bigamia de su cónyuge abusivo.
Usted:
ha sido abusado en los Estados Unidos por su cónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente, o ha sido abusado por su cónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente en el extranjero mientras su cónyuge era empleado del gobierno de los Estados Unidos o un miembro de los servicios uniformados de los Estados Unidos, o
es el pariente de un niño que ha sido abusado por su cónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente.
Usted contrajo matrimonio en buena fe, no únicamente por beneficios de inmigración.
Usted ha residido con su esposo.
Usted es una persona de buen carácter moral.
Requisitos de elegibilidad para un hijo/a
Usted:
es hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente abusador o
era el hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente abusador que perdió la ciudadanía o el estatus de residente permanente debido a un incidente de violencia doméstica.
Usted:
ha sido abusado en los Estados Unidos por su pariente que es ciudadano estadounidense o residente permanente o
ha sido abusado por su pariente que es ciudadano estadounidense o residente permanente en el extranjero mientras su pariente era empleado del gobierno de los Estados Unidos o un miembro de los servicios uniformados de los Estados Unidos.
ha residido con el pariente abusivo.
tiene evidencia que prueba su relación con su pariente.
debe facilitar evidencia de buen carácter moral si tiene más de 14 año de edad.
Requisitos de elegibilidad para un padre
Usted es el padre de un ciudadano estadounidense o era el padre de u ciudadano estadounidense que perdió o renunció a su estatus de ciudadano por un incidente relacionado con la violencia doméstica o que falleció 2 años antes de que presente su solicitud.
Usted ha sido abusado por su hijo o hija que es ciudadano estadounidense.
Usted ha residido con su hijo/a abusivo.
Usted es una persona de buena moral.
Para mas información contacte a nuestros abogados de inmigración.